viernes, 27 de julio de 2007

Ley de Contaminación Lumínica para Andalucía.

El cielo nocturno en Andalucía,
protegido por la ley
􀁘 Por primera vez, la regulación ambiental autonómica incluye un apartado sobre
contaminación lumínica
􀁘 La ley apareció publicada en el BOJA el 20 de julio de 2007 y entrará en vigor
seis meses después
Granada, julio de 2007. El 13 de junio de 2007, el Parlamento de Andalucía aprobó la
Ley de Gestión Integrada de la Calidad ambiental, una ley que refunde, modifica y amplía
la legislación autonómica en materia de medio ambiente. Esta ley contempla todos los
aspectos de la gestión medioambiental, desde la normativa para estudios de impacto
ambiental para grandes obras públicas hasta la contaminación acústica, pasando por los
vertidos de aguas residuales y otras muchas materias. Como gran novedad, incluye la
primera regulación autonómica en Andalucía sobre contaminación lumínica.
La nueva ley define la contaminación lumínica de un modo muy general, como la
“emisión de flujo luminoso por fuentes artificiales de luz constituyentes de alumbrado
nocturno, con intensidades, direcciones o rangos espectrales innecesarios para la
realización de las actividades previstas en la zona alumbrada”. Esta definición genérica
abre la vía para promover el uso racional de la energía eléctrica destinada a alumbrado
en Andalucía, puesto que permite incluir en la norma todos los aspectos de la
contaminación lumínica. En concreto, la norma menciona los objetivos siguientes:
prevenir, minimizar y corregir los efectos de la dispersión de luz artificial hacia el cielo
nocturno; preservar las condiciones naturales de oscuridad en beneficio de los
ecosistemas nocturnos en general; promover el uso eficiente del alumbrado sin perjuicio
de la seguridad de los usuarios; reducir la intrusión lumínica en zonas distintas a las que
se pretende iluminar, principalmente en entornos naturales e interior de edificios
residenciales; y salvaguardar la calidad del cielo y facilitar la visión del mismo con
carácter general y, en especial, en el entorno de los observatorios astronómicos.
La ley es de especial interés para la astronomía, al recoger entre sus objetivos la defensa
del cielo nocturno, su calidad y su contemplación y estudio. La norma prevé que en su
reglamento se establecerá el procedimiento para fijar protecciones específicas para los
observatorios astronómicos, lo que resulta crucial para las mayores instalaciones
astronómicas ópticas de Andalucía: el Observatorio de Sierra Nevada y el Observatorio de
Calar Alto. El Instituto de Astrofísica de Andalucía está implicado en la gestión de ambas
instalaciones y, por tanto, será prioritario para esta institución seguir el desarrollo
reglamentario de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y participar en el
establecimiento de una protección específica para sus observatorios.


http://www.iaa.es/prensa/pdf/070726141933.pdf

2 comentarios:

alvariturituri dijo...

trabajo bien echo pero todabí en granada no se toma en cuenta en nada esta ley , sino solo teneis que ver las farolas , alumbrado publico , monumentos .
hacer la prueba y mirar al cielo ¿cuantas estrellas veis?

pmisson dijo...

Creo que aun no hay reglamento para la ley.