Seguimos peleando para que se sancione al Ayto de Avila por incumplir el reglamento técnico que regula las instalaciones de alumbrado exterior. El organismo responsable de hacerlo nos ha dicho que el proyecto se adjudicó el 6 de marzo, 3,5 semanas antes de la entrada en vigor del reglamento. Pero nosotros hemos replicado con la siguiente carta:
Madrid, 10 de septiembre de 2010
Junta de Castilla y León. Delegación Territorial de Avila.
Servicio de Industria, Comercio y Turismo.
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Denuncia del Ayto de Avila por incumplimiento del reglamento técnico de alumbrado exterior en las instalaciones de alumbrado público de Narrillos de San Leonardo (II)
En contestación a su carta de fecha de julio en la que nos comunican que no procede sancionar al Ayto de Avila por las instalaciones de alumbrado llevadas acabo en el pueblo de Narrillos de San Leonardo, ya que les consta que la obra fue adjudicada por el Ayto 3 semanas y media antes del 1 de abril, fecha de entrada en vigor del reglamento técnico de eficiencia energética en alumbrado exterior, queremos indicarle lo que sigue:
1) Esta realización y otra similar llevada acabo por el Ayto de Avila en otro anejo cercano, son realizaciones acometidas dentro del plan E aprobado por el gobierno central a finales de noviembre de 2008. Es decir: las propuestas para ser financiadas fueron presentadas por el Ayto de Avila en Enero de 2009 y recibieron su aprobación por parte del ministerio encargado, en Febrero de 2009. Es posible por tanto que el proyecto detallado se llevara a cabo rapidamente en marzo, poco después de la adjudicación de la obra a la empresa seleccionada. Uds sin duda pueden saberlo sin más que leer la fecha de entrada del proyecto en el colegio correspondiente para su revisión y sellado. Pero lo que es evidente es que la realización de la misma, que es lo que realmente exige la disposición transitoria que uds. citan, se produce con posterioridad al 1 de abril y por tanto sí es aplicable el reglamento. Además hay que tener en cuenta que este texto ya era conocido por los técnicos del Ayto de Avila y por el sector de la iluminación, no solo por haberse publicado en el BOE el 14 de noviembre de 2008, sinó porque el texto y las exigencias son sensiblemente idénticas a lo que establece la guía y el modelo de ordenanza del IDAE, documentos distribuídos ampliamente por el Ministerio de Industria a todos los ayuntamientos en el periodo comprendido entre 2000 y 2005. Por último destacamos que nuestro grupo ya había hecho llegar además el texto del reglamento al propio Ayuntamiento de Avila con anterioridad a la adjudicación del proyecto.
2) Queremos señalar por último, que aunque existiera ya un borrador de proyecto anterior, la adecuación de una instalación al texto del reglamento es mínima y constituye un ahorro energético y de dinero público muy importante.
Por todo lo expresado más arriba esperamos que este Servicio de Industria reconsidere su decisión y proceda a exigir al Ayto de Avila el cumplimiento del reglamento. Por nuestra parte le informamos que en el caso de no recibir respuesta en este sentido por parte de este Serviciode Industria en las próximas semanas, solicitaremos la intervención de la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial del Mto de Industria para que decida acerca de asunto.
Sr Jefe del Servicio de Territorial: La Ley de la Atmósfera, vigente desde 2007 obliga a los organismos públicos a velar por la calidad del aire y la protección de la atmósfera reduciendo la contaminación lumínica y mejorando la eficiencia energética de las instalaciones de alumbrado exterior y público. Al mismo tiempo la Junta de Castilla y León aprobó el pasado mes de junio el proyecto de ley de contaminación lumínica y de fomento del ahorro energético remitiendo el texto a las Cortes de Castilla y León para su discusión y aprobación. Por todo ello no nos parece aceptable la posición de total de inhibición ante este derroche energético, por parte del Servicio de Industra de la delegación de la Junta de Castilla y León en Avila.
A la espera de sus noticias. Le saluda atentamente.
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2007 Jazztel - Jazz Telecom, S.A.U. http://www.jazztel.com
Antes de imprimir este e-mail piense bien si es necesario hacerlo.
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