Avances y retrocesos en la lucha contra la contaminación lumínica.
28 de octubre de 2013.
1) El Ayto de Madrid saca a concurso la explotación del alumbrado público.
Leemos en los periódicos que el Ayuntamento de Madrid, al igual que ya
hizo el de Avila, va a sacar a concurso público el mantenimiento y
explotación de todo el alumbrado público de la capital en el que
también se incluyenlos paneles informativos y el alumbrado de tuneles.
Sin embargo existen diferencias respecto al concurso de Avila: La
concesión del de Madrid es por un periodo de 8 años y totaliza un
importe de 786 millones de euros por los ocho años. El concurso se
adjudica a la empresa que baje más de esta cantidad. Sin embargo en el
caso de Madrid parece ya darse unas pautas de alumbrado. Así se
informa en la nota que se prevé invertir 137 millones para la mejora
de la eficiencia energética. Esto incluye el cambio de luminarias. Con
ello se espera reducir el consumo, y las emisiones de CO2 asociadas en
un 20%, lo que significaría un ahorro de 65 millones. En los proximos
meses se sabrá la empresa o empresas adjudicatarias, ya que se habla
en la nota de prensa que la ciudad se ha dividido tres areas. La idea
es que la concesión se inicie el 1 de enero de 2014. No sabemos si se
ha inclusido alguna cláusula que permita compensar las previsibles
continuas subidas del precio del K.W.hora.
A la vista de los casos de Avila y Madrid resulta evidente que este es
un plan claro de la organización municipal del PP. Lo que más
sorprende es ver que precisamente se pone en marcha en las dos
ciudades, junta con alguna más como Valencia, que más han crecido en
consumo eléctrico en los úlltimos 20 años y donde peor se han hecho
las cosas.
De todas maneras, para nuestra tranquilidad, y tal como se comenta en
la nota de prensa, es evidente que los planes de ahorro van a seguir.
2) Eliminación de dobles alumbrados en las calles del Distrito Centro
de Madrid.
El Dpto de Alumbrado del Ayto de Madrid, ha proseguido elimiando
dobles alumbrados en las estrechas calles del Distrito Centro. Como se
recordará en muchas de ellas, y a veces financiado con dinero europeo,
se procedió a doblar el alumbrado aportado inicialmente por la cabezas
de cobra atornilladas a las fachadas, con faroles en las estrechas
aceras. Ahora se están dejando solo los faroles y en algunos casos se
reubican para evitar algunas zonas oscuras. Entre las calles que han
eliminado las luminarias de fachadas tenemos las Correderas Alta y
Baja de San Pablo y otras calles perpendiculares. Con esta medida se
ha reducido no solo el consumo sino el nivel lumínico espectacular que
poseían algunas de estas calles.
3) Carta del Procurador del Común.
Nos escribe el Procurador del Común de Castilla y León, detallándonos
la respuesta que ha recibido de la Consejería de Economía y Empleo a
las recomendaciones planteadas sobre el balizado contaminante de
parques eólicos (ver Avances y Retroceso de septiembre de 2013).
Concretamente, nos notifica que el Servicio de Ordenación y
Planificación Energética de la Consejería de Economía y Empleo ha
decidido aceptar las recomendaciones incluídas en la resolución del
Procurador del Común en lo que corresponde a lo que son competencias
de esa Consejería, con las siguientes precisiones:
1) El desarrollo reglamentario de la Ley de Prevención de la
Contaminación Lumínica y Eficiencia Energética derivados de las
instalaciones de iluminación, corresponde al organo medioambiental
competente, esto es la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.
2) Para los nuevos proyectos e parques eólicos no existe incoveniente
en que se incluyan como medidas correctoras en la evaluaciones de
impacto ambiental, las actuaciones para minimizar el impacto de los
sistemas de iluminaciójn, cuando así lo considere pertinente el
órgano medioambiental, si bien será precisa la autorización previa de
la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en los supuestos necesarios.
3) Para las instalaciones eólicas ya existentes, tampoco existe
inconveniente en instar a los titulares de las instalaciones al cambio
de iluminación, en los casos en los que el órgano medioambiental
determinara que la iluminación de los aerogeneradores ya instalados
suponga un impacto excesivo, si bien también será precisa la
autorización previa de la referida Agencia Estatal en los supuestos
necesarios.
Igualmente nos indica el Procurador en la carta que la Consejería de
Fomento y Medio Ambiente ha aceptado también la Resolución formulada
?en el sentido de remitir a los Servicios Territoriales de Medio
Ambiente el informe del Servicio de Espacios Naturales de la Dirección
General del Medio Natural de 21 de junio de 2010 para su consideración
y en su caso, inclusión en las medidas correctoras de las propuestas
de Declaración de Impacto Ambiental de parques eólicos respecto a los
nuevos proyectos, asi como para los parques eólicos existentes, en el
caso de que la iluminación de los aerogeneradores ya instalados
suponga un impacto significativo para la fauna y siempre que ello sea
posible si se encontrasen fuera del ámbito de aplicación de la Ley de
prevención de la Contaminación Lumínica y del Fomento del Ahorro y
Eficiencia Energética derivados de instalaciones de iluminación que en
su disposición transitoria primera establece `plazos para adoptarse a
esta normativa para alumbrados existente o autorizados?.
A la vista de esta contestación el Procurador del Común da por
finalizado su intervención en este asunto, aunque nos recuerda que en
el supuesto de que transcurrido un plazo de tiempo prudencial no se
adoptaran las medidas anunciadas por la Administración autonómica, nos
ruega que se lo hagamos saber con el fin de proceder a la
reanudacióbnde nuestra intervención.
Respecto a esta carta hay que hacer algunas matizaciones:
1) A estas alturas es evidente que no se van a instalar parques
eólicos en bastantes años. Esto es lo que se deduce del informe de
2013 de la Comisión Nacional de Energía, del Ministerio de Industria
y Energía. (Este tema lo trataremos en profundidad en el próximo
boletín del G.P.C.)
2) No existe Reglamento de la Ley de Prevención de Contaminación
Lumínica en Castilla y León, ni hay fecha para que lo haya, con lo que
no se ha zonificado el territorio, ni las zonas merecedoras de
protección, ni se han establecido los niveles permisibles de
contaminación lumínica. Además todo parece indicar que no va a haber
reglamento en esta legislatura. Por tanto la ley que se cita hoy por
hoy es papel mojado.
3) La Agencia Estatal de Segurida Aerea ya ha establecido los tipos de
iluminación, los cuáles por la noche deben ser puntos rojos fijos o
destellantes, según decida la Consejería de Medio Ambiente autonómica.
Dada la mala situación económica de las empresas eólicas y el coste de
mantener un doble sistema de alumbrado diurno y nocturno, no es
previsible que se cambie la iluminación de los parques ya existentes.
4) Recientemente ha salido a la prensa que el Tribunal Superior de
Justicia de Castilla y León ha denegado el permiso de funcionamiento
del parque eólico Peña del Gato, situado en los términos de
Villagatón, Igüeña, y Torre del Bierzo, en León, al poder demostrar
los ecologistas (SEO-Bridlife) el daño causado sobre las poblaciones
de urogallos. Habrá que esperar la decisión final del Supremo, pero
esto puede tener bastante importancia en un futuro inmediato y
demuestra una vez más la falta de seriedad de los estudios de impacto
ambiental que se han hecho en la mayoría de casos. En el caso de los
balizados, este tipo de estudios ni se plantearon el problema de los
destellos.
Tal como ya sucedió anteriormente, suponemos que en un tiempo moderado
deberemos volver a solicitar la intervención del Procurador del Común,
ya que previsiblemente todo seguirá igual que ahora.
Saludos.
F. Pujol.
Grupo de Protección del Cielo (G.P.C.)
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